UNIDAD ACADÉMICA
DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD
Y AUDITORÍA
TRABAJO
DE LEGISLACIÓN LABORAL Y SOCIAL
NOMBRE: ANDREA PLAZA OCHOA
NIVEL: II NIVEL “A” DIURNO
FECHA: 24 DE OCTUBRE DEL 2016
PRINCIPALES LEYES QUE SE RELACIONA CON EL DERECHO LABORAL
Constitución de la República del
Ecuador
La Constitución ecuatoriana se compone
de 444 artículos, los cuales están divididos en 9 títulos que a su vez se
subdivide en capítulos. La nueva Constitución de Ecuador establece un
"Estado de derechos" que se fundamenta en los denominados DESCA, o
derechos colectivos y ambientales, donde el Estado se convierte en garante y
actor de tales, desplazando la prioridad dada a las garantías individuales de
la anterior constitución. Sin embargo la Constitución permitirá desarticular el
modelo de Estado de Derecho y economía social de mercado y pasar de una"
constitución de libertades" a una "constitución del bienestar"
transversalmente adornada por la filosofía comunitarita ancestral del
"buen vivir" de los antiguos quechuas, recogido explícitamente en el
texto sumak kawsay. Para lograrlo se erige un modelo desarrollista o
estructuralista de la economía dándole un papel central al Estado en la
planificación de la producción reduciendo más aun el papel del mercado; además
instaura un sistema proteccionista arancelario bajo el término de soberanía
alimentaria, rechazando el comercio libre. En lo social se promulga un modelo
asistencialista en la educación, salud, servicios básicos e infraestructura
dónde se da predominancia al sector público, y se restringe o regula fuertemente
al sector privado cerrando las puertas a la privatización y la libre
competencia en tales áreas. En lo administrativo refuerza las funciones del
gobierno central en detrimento de los gobiernos municipales. En política
exterior y comercio exterior se consagra la predominancia a la integración
regional bolivariana en particular y latinoamericana en general, minimizando el
papel de la globalización.
CÓDIGO
DE TRABAJO: ESTRUCTURA
El código de trabajo del Ecuador es un
documento creado por el Congreso Nacional de conformidad con la Constitución
Política de la República con la finalidad de mantener actualizada la
legislación laboral, observando las disposiciones de la Constitución Política
de la República; convenios con la Organización Internacional del Trabajo, OIT,
ratificados por el Ecuador; leyes reformatorias a éste Código; observaciones
formuladas por el H. doctor Marco Proaño Maya, Código de la Niñez y
Adolescencia; Ley Orgánica de Servicio Civil y Carrera Administrativa y de
Unificación y Homologación de las Remuneraciones del Sector Público; y,
resoluciones del Tribunal Constitucional.
LEY ORGÁNICA DE SERVICIO PÚBLICO: ESTRUCTURA
La Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), es una ley en la Ecuador,
aprobada por la Asamblea Nacional del Ecuador el 11 de
agosto de 2010.
La ley de Servicio Público contiene 137
artículos, 23 disposiciones generales, 10 transitorias, 4 finales, una
derogatoria, artículo final. Doce títulos distribuidos en 24 capítulos. Fue
ratificada por el presidente Rafael
Correa, tras ser aprobada por la asamblea en plenaria. Su objetivo es propender
al desarrollo profesional, técnico y personal de las y los servidores públicos,
para lograr el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, calidad,
productividad del Estado y de sus instituciones, mediante la conformación, el
funcionamiento y desarrollo de un sistema de gestión del talento humano
sustentado en la igualdad de derechos, oportunidades y la no discriminación.
LEY DE SEGURIDAD SOCIAL: ESTRUCTURA
La Ley de Seguridad Social fue aprobada el 30 de noviembre del 2001 y es un derecho que le asiste
a toda persona a acceder a la protección básica para satisfacer sus
necesidades; la organización y funcionamiento de la seguridad social se
fundamentan en los principios de solidaridad,
obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiariedad y
suficiencia.
Este
régimen encierra temas como la salud pública,
seguro de riesgos de trabajo, seguro campesino o los planes de pensiones y
jubilaciones. Enfocados en asegurar niveles mínimos de
dignidad de vida a todos los ciudadanos, especialmente cuando envejecemos
y se ven reducidas nuestras posibilidades de generar por sí mismo fuentes de
ingreso estables.
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